por Víctor García Nebreda, secretario general de Aeescam
El pasado 5 de mayo se celebró, en el Colegio de Economistas de Barcelona, una jornada sobre Imposición Energética y Fiscalidad Medioambiental, patrocinada por la Fundación Senergia.

Al margen de que descubrimos que en nuestro país existen 53 impuestos vinculados a la energía o el medioambiente, entre estatales y autonómicos, y que la calidad de todas las intervenciones tuvo un nivel muy alto, fue muy esclarecedor escuchar al señor Carroll, de la Dirección de Impuestos de la Comisión Europea, explicar cómo esta institución ya avisó en el año 2001 al Gobierno de España de la ilegalidad del Impuesto de Ventas Minoristas, el llamado céntimo sanitario. Y también fue enriquecedor oírle decir que, con posterioridad, la Comisión llamó la atención a España tres veces, e incluso la amonestó formalmente, por mantener en vigor un impuesto que era manifiestamente ilegal. Finalmente, el Tribunal europeo sentenció y obligó al Estado español a anular dicho tributo y en la sentencia dejó clara la mala fe de nuestros dirigentes al desoír las recomendaciones de la Comisión y desobedecerla después.

Y digo que fue esclarecedor porque la versión que aquí nos dio nuestro ministro de Hacienda no tiene mucho que ver con la explicación dada por el señor Carroll. Y perdónenme la falta de patriotismo, pero me inclino a creer al señor Carroll antes que al señor Montoro. Será, probablemente, una cuestión de experiencias.

También fue muy ilustrativa la exposición de Rafael García-Valdecasas, exmagistrado del Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea y actual Defensor del Cliente del BBVA, al hilo de la realizada por Ernesto Maraver, abogado del Estado en excedencia y hoy involucrado en el esperpéntico proceso de devolución del impuesto anulado. Nos contó, con cierta dosis de humor -ya se sabe, a veces hay que reír por no llorar-, los auténticos malabares jurídicos que están haciendo algunos tribunales españoles para que el Estado se ahorre un dinerito.

Pues bien, como decíamos, D. Rafael nos contó de manera muy didáctica el funcionamiento de los tribunales europeos y por qué el Derecho europeo prevalece sobre el de cada país miembro. Y, sobre todo, las reiteradas sentencias de dichos tribunales en los que no solamente se obliga a rectificar a los Estados que hacen mal las cosas, sino que obligan a indemnizar a las empresas o ciudadanos que han sufrido las consecuencias de las malas actuaciones de sus gobernantes.

El conferenciante nos dijo también que el argumento de que dichas indemnizaciones pueden hacer agujeros en las cuentas de los Estados miembros, es una excusa recurrente que esgrimen todos aquellos que se ven en la obligación de indemnizar, pero que ya se ha dicho en muchas sentencias que sería una paradoja que a un mayor descalabro, es decir, a una mala práctica de un Estado, le correspondiera menor castigo solamente porque ha perjudicado a tantos que las justas indemnizaciones puedan provocar menoscabo en sus cuentas.

Lo que, obviamente, tenía que haber hecho el Gobierno español en el año 2001 es hacer caso a lo que la Comisión estaba diciendo y no haber puesto en marcha nunca el llamado céntimo sanitario.

Pero la historia no acaba aquí. En el año 2013, cuando ya era inminente que la Justicia europea fallase contra España en este tema, el Gobierno decidió eliminar el Impuesto de Ventas Minoristas y sustituirlo por un aumento de los Impuestos Especiales de la misma cuantía. Parecía sencillo, pero no fue así. El Ejecutivo mantuvo los dos tramos del impuesto, uno nacional con un gravamen fijo y otro autonómico, con una cuantía variable que va de 0 a 4,8 céntimos de euro por litro. Para ello, dijo ampararse en una modificación legal que se supone que la Comisión Europea iba a realizar, pero que en realidad nunca se hizo. ¿Y qué ocurre ahora? Pues muy sencillo: que este nuevo impuesto tampoco cumple con la normativa europea.

Ya se anuncian litigios y nos aventuramos a decir que el Estado español los volverá a perder y tendrá que volver a indemnizar y volverá a argumentar que las indemnizaciones provocan un agujero en las cuentas del Estado.

Los tribunales españoles no pueden actuar como salvadores de las equivocaciones de nuestros gobernantes. Tendrán que dictar sentencias coherentes y fundamentadas y no esgrimir argumentos que a veces son absolutamente peregrinos. De lo contrario, habrá que acudir a los tribunales europeos, que entre otras cosas y en sus últimas resoluciones ya han amonestado a nuestro Tribunal Supremo por ir contra principios elementales y reconocidos en la aplicación de la Justicia en la Unión Europea.

Se ahorra más haciendo bien las cosas a la primera que tratando de restituir los perjuicios ocasionados cuando se hacen mal.