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15 de Febrero de 2018 | Categoría: EESS
El Alto Tribunal europeo, que partió del litigio iniciado por más de ochenta empresas españolas de transporte, abría la puerta a la devolución de cerca de 13.000 millones de euros cobrados por ese concepto entre los años 2002 y 2011.
Ahora la sala descarta que las estaciones de servicio, en tanto que sujetos pasivos, puedan beneficiarse de la devolución del impuesto, ya que no soportaron dicha carga fiscal «al haberla trasladado, por el mecanismo de la repercusión, al consumidor final, único cuyo patrimonio se ve afectado por el gravamen».
La sentencia no ha gustado entre los gasolineros. Así, Víctor García, secretario general de Aeescam (Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid) ha anunciado que estudiarán la posibilidad de recurrir la sentencia ante el Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo.
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