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30 de Abril de 2015 | Categoría:
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad de Cataluña contra la ley de Metrología, que regula el ámbito de los sistemas de pesas y medidas (metros, kilogramos, amperios, etc) y los instrumentos que sirven para medir y contar en diversos sectores.
La decisión adoptada por el pleno del tribunal de garantías constitucionales no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que se resolverá en los próximos meses.
Al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Cataluña contra la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, el TC ha dado traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.
Los elementos que están sometidos a control metrológico del Estado son aquellos medios, instrumentos o programas informáticos que sirven para medir o contar y son usados por razones de interés público, salud, seguridad pública, protección del medioambiente, información a los usuarios y recaudación de tributos, entre otros.
Contadores de agua, de gas y de energía eléctrica, los taxímetros, los radares, los termómetros usados en el transporte o los surtidores de gasolina están sometidos a este control.
El control metrológico sirve, por ejemplo, a la hora de echar gasolina, ya que así tanto el comprador como el vendedor están seguros de que el surtidor echa los litros pagados