El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplican 13 comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria.

La sentencia sigue el criterio establecido por el abogado general y señala que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH) no respeta la directiva sobre los impuestos especiales.

Los jueces señalan que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Cataluña no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años". Ello significa que España podría tener que devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011.

El fallo responde a un litigio iniciado por la empresa de transporte Jordi Besora S.L. establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se pronunciara.

El TJUE argumenta que el IVMDH no persigue una finalidad específica y no puede usarse para financiar el gasto sanitario general, porque no hay "un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y el fin del impuesto en cuestión". Es decir, sería válido si un impuesto sobre el tabaco, por ejemplo, se dedicará a financiar los tratamientos contra el tabaquismo.

La Justicia europea tampoco limita sus efectos en el tiempo "por las consecuencias financieras que podrían derivarse para un Estado miembro". Explica que si esto fuera así "las violaciones más graves recibirían el trato más favorable al entrañar consecuencias económicas más cuantiosas".

Un recargo de hasta 4,8 céntimos por litro de carburante
Todas las comunidades autónomas cobran este impuesto especial cedido por el Estado que se creó en 2002 excepto Aragón, La Rioja, País Vasco y Canarias, que tienen los precios más baratos del combustible. En las 13 comunidades autónomas que lo aplican oscila entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante.

Este gravamen alcanza su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que son Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.

En Navarra se sitúa en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7 céntimos de Madrid, mientras que en Asturias es de 4,8 céntimos para la gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia oscila entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.

El Ministerio de Hacienda matizó que el céntimo sanitario fue derogado con la Ley de Presupuestos de 2012 en la configuración sobre la que se ha pronunciado el TJUE. Las últimas autonomías en implantarlo fueron Baleares y Navarra en el año 2012, por lo que no les afecta esta sentencia.

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