Se está hablando mucho últimamente de la existencia de un expediente sancionador, incoado por la Unión Europea al Reino de España, que establecería unas fuertes sanciones a las Comunidades Autónomas que contemplen en sus legislaciones de defensa de los derechos de los consumidores, o de defensa de los derechos de las personas con discapacidad, la obligatoriedad de que esté presente un trabajador en las estaciones de servicio siempre que estas permanezcan abiertas, y que además sea un trabajador debidamente formado, para que pueda hacer frente a cualquier tipo de incidencia que surja en la instalación, o en el repostaje que efectúe el cliente.

La supuesta existencia de dicho expediente sancionador está motivando que algunas Comunidades Autónomas se replanteen la modificación de sus normativas, supuestamente para evitar cuantiosas multas, que supuestamente también ha impuesto la UE.

Lo único que conocemos y hemos podido constatar es un informe que emite un abogado del Estado de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea el día 22 de noviembre de 2.017, y en el que hace un resumen de una reunión mantenida con la DG GROW europea, desglosa la postura mantenida por las distintas personas que asistieron a la reunión y saca unas conclusiones propias en las que aventura la posibilidad de que esa Comisión proponga la apertura de un expediente sancionador contra España.

Ya sabemos que algunas veces los procesos administrativos son complicados, e incluso podemos pensar que algunos de ellos se lleven en una semi clandestinidad, pero la verdad es que por más que preguntamos nadie nos enseña el documento de la UE, aunque las administraciones se escuden en su existencia.

Y, quizá porque ya estamos un poco escamados, nuestra pregunta es la siguiente:

Si realmente la UE inició un expediente para estudiar el tema, a raíz de una denuncia interpuesta en la Comisión correspondiente, y como consecuencia de ese expediente, la UE ha mandado una resolución al Reino de España en la que establece unas sanciones, parece ser que cuantiosísimas, si las Comunidades Autónomas no rectifican sus legislaciones en lo referente a este asunto.
¿Es tan difícil que esa resolución se haga pública?
¿Porqué cuando pedimos que se nos enseñe el documento nadie lo hace?
¿Porqué se nos dice en algunas administraciones que hay unos estudios profundísimos sobre el tema, pero cuando decimos que por favor nos los muestren nunca aparecen?
¿Realmente la UE actúa con ese secretismo?

Nos gustaría que se nos contestara a estas sencillas preguntas, pero nos tememos que no se hará.

Se está proponiendo cambiar normas que afectan a los derechos de los ciudadanos sin explicación coherente alguna, y eso en un Estado de Derecho no tiene justificación.

Si la UE ha dictaminado acataremos su resolución, porque lo que ha quedado muy claro a lo largo de todo este proceso es que, desde nuestra patronal, siempre hemos sido respetuosos con las leyes y cumplidores de ellas, nos favorezcan o no y no hemos utilizado argumentos estrambóticos para justificar el incumplimiento continuado de ninguna normativa que afecte a nuestro sector.

Hasta ahora lo único publicado por la prensa a mediados de enero de este año, y de lo que sí tenemos constancia por la Asociación CERMI, que defiende los derechos de las personas con discapacidad, es que el Parlamento Europeo ha instado a la Comisión Europea a que investigue a las Estaciones de Servicio Sin Personal para determinar si los derechos de las personas con discapacidad están debidamente amparados.

Suponemos que lo normal es que se produzca un informe, después de la pertinente investigación y que la Comisión o el Parlamento Europeo emita una resolución, y obviamente que esa resolución se hará pública.

Lo que pedimos a nuestros políticos es que nos traten como empresarios adultos, que nos jugamos nuestro patrimonio y que participamos de la creación de empleo y riqueza de nuestro país, y por supuesto que hagan su trabajo con rigor y transparencia, es lo mínimo.