La Coordinadora de UGT FICA en el Grupo CEPSA rechaza la propuesta de negociación para la devolución de los permisos retribuidos recuperables de la Compañía por realizar ésta un servicio considerado esencial, tal como figura reflejado en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19 (BOE 14 de marzo del 2020).

El Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo, por el que se regula el permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID 19 (BOE 29 de marzo del 2020), dispone que será de aplicación a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector, público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración del estado de alarma, establecido por Real decreto 463/2020 de 14 de marzo, quedando exceptuados del ámbito de aplicación las personas trabajadoras que presten servicios en los sectores calificados como esenciales.

Por tanto, el permiso retribuido recuperable no es aplicable a la compañía al desarrollar ésta una actividad esencial, y no pierde ese carácter porque se haya llegado o se llegase a algún acuerdo o pacto con los trabajadores para su aplicación.

Puedes leer el artículo completo sobre los permisos retribuidos recuperables a través de ESTE ENLACE.